¿Qué pasa si No vas a votar en las Legislativas del 26 de octubre?

El voto es obligatorio en la República Argentina desde el año 1912. No ir a sufragar establece una serie de multas y restricciones administrativas para los ciudadanos que no puedan justificar su ausencia el día de la elección.

General16/08/2025 San Juan del Este
elecciones2025

Ante el descontento generalizado de la sociedad frente a las actitudes de la clase política de la Argentina, muchos se preguntan: ¿qué pasa si no voy a votar el 26 de octubre próximo, a las elecciones legislativas de medio término? Todos sabemos que en nuestro país el voto es obligatorio para todos los ciudadanos entre 18 y 70 años. No presentarse sin justificación puede traer multas económicas y restricciones administrativas. 

Quienes no concurran deberán presentar una justificación válida dentro de los 60 días posteriores al comicio. Además, deberán afrontar una multa cuyo valor actual varía entre $1.000 y $2.000, dependiendo de la cantidad de veces que se haya omitido votar en elecciones anteriores.

Si no se justifica ni paga la sanción, el ciudadano queda registrado como infractor. Eso puede acarrear restricciones: entre otras, quedar inhabilitado para realizar trámites en organismos públicos o asumir cargos durante un año, y funciones dentro de la Administración por hasta tres años.

La multa es baja, pero el riesgo radica en las limitaciones posteriores. Aunque en la práctica muchos infractores han seguido realizando trámites como el DNI, al ser infractor puede que existan obstáculos para realizar otros tipos de trámites.

No están obligados a votar quienes tengan justificación validadas: personas que se encuentren a más de 500 km de su lugar de votación, jueces de mesa, policías en funciones o personas enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor documentada.

También quedan exceptuados menores de 18 o mayores de 70 años. Estas causales deben acreditarse con certificado médico oficial o policial, presentado ante la Justicia Electoral dentro del plazo establecido.

Quienes no puedan votar por encontrarse lejos deben solicitar una constancia en la comisaría y subirla luego al portal de infractores de la Justicia Electoral, de modo de evitar multas y la inscripción en el registro penal del deber de votar.

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